Voy a hacer un 🧵 explicativo acerca de la sentencia (que recién...

Rodrigo Morabito@RodrigoMorabito
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Sep 22, 2026
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1. La jueza Laura de Marinis declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.801 no en abstracto, sino aplicada al caso concreto de M.I.A. Su razonamiento se construye en varios pasos que se encadenan👇🏼
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2. Parte de que la declaración de inconstitucionalidad es un remedio excepcional, solo procedente cuando se verifica en el caso concreto una afectación real a un derecho constitucional. No decide la validez general de la ley, sino su aplicación a esta situación puntual.👇🏼
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3. La jueza sostiene que el Comité de Derechos del Niño (intérprete máximo de la CDN según la CSJN) recomienda de forma general no bajar la edad mínima de punibilidad, e instó específicamente a la Argentina (en 2018 y en 2024) a mantenerla en 16 años.👇🏼
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4. Sin embargo, la jueza no adopta una regresividad "en abstracto"; afirma que debe evaluarse caso por caso, ponderando el derecho efectivamente afectado, la gravedad del hecho y la trayectoria vital del adolescente.👇🏼
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5. ¿Y por qué dijo que es regresivo en este caso concreto?
Aquí está el núcleo decisorio. Antes de la Ley 27.801, un hecho como el de M.I.A. (14 años) quedaba fuera del sistema penal y era abordado por el sistema de protección integral de derechos.👇🏼
Aquí está el núcleo decisorio. Antes de la Ley 27.801, un hecho como el de M.I.A. (14 años) quedaba fuera del sistema penal y era abordado por el sistema de protección integral de derechos.👇🏼
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6. También dijo que con la nueva ley, la misma conducta pasa a habilitar una respuesta punitiva. Ese cambio, sostiene la jueza, es regresivo respecto de este adolescente porque no está justificado por la gravedad del hecho.
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7. Invocando el principio de proporcionalidad (art. 40.4 CDN, caso Mendoza vs. Argentina de la Corte IDH). El hecho fue una tentativa de robo simple, no consumada; ya que la víctima evadió a los adolescentes y no hubo apoderamiento ni lesión física relevante.👇🏼
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8. Los videos muestran, según la jueza, una conducta "burda y torpe", propia de la inmadurez de la corteza prefrontal adolescente. El espíritu legislativo de la Ley 27.801 (según el debate parlamentario citado) se centró en hechos gravísimos, no en conductas de esta entidad.👇🏼
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9. La jueza pondera fuertemente la trayectoria vital de M.I.A. como parte del análisis de proporcionalidad e interés superior. Esto último es algo en lo que la juez ha puesto un fuerte énfasis. Veamos cuáles son👇🏼
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10. Madre desempleada, con epilepsia; hermano mayor recientemente despedido por tener que asistirla; sin vínculo con el padre; sin gas natural; alimentación por bolsones ocasionales.👇🏼
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11. El informe psicológico del CAD interpreta la conducta transgresora como un intento de "convocar la mirada del adulto" ante la ausencia d figuras normativas. Concluye q la respuesta adecuada es la intervención del sistema d protección integral (CDNNA), no la aplicación d pena
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12. La jueza no sostiene que frente a una infracción cometida por un adolescente el Estado deba permanecer indiferente. Sostiene exactamente lo contrario: debe intervenir, pero la intervención debe ser proporcional, especializada y orientada a la protección integral, no punitiva.
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13. Este fallo demuestra que la implementación práctica del nuevo sistema penal juvenil (ley 27.801) es más dificultoso de lo que aparentaba y que no todos los casos pueden ser vistos y analizados de la misma manera. El contexto de vida de cada adolescente es vital.
